Actualizando la lista de datos que se consideran de carácter personal
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Esta lista comenzó hace más de 5 años en este blog no teniendo más valor que el puramente anecdótico, como una forma de recolección de resoluciones o informes de la Agencia Española de Protección de Datos donde se hace referencia sobre la posibilidad o no que ciertos datos sean considerados como datos de carácter personal. Como decíamos en su momento la casuística es tanta que no siempre se tiene que cumplir lo establecido en ella. La última oleada es de 2011, y no está demás actualizarla:
- La imagen: Rotundamente sí.
- La IP: Rotundamente sí.
- La dirección de correo electrónico: Sí.
- El número de DNI: No. —> Sí. Tal y como muy bien recoge Samuel Parra la Agencia ha publicado un informe donde establece que el número de DNI es dato de carácter personal. Y la propia Sentencia arriba comentada así lo fundamenta.
- La matrícula del coche: Sí. -> pero finalmente no como nos lo recuerda NT Abogados
- El número de teléfono: Por sí sólo no.
- El número de teléfono móvil: Sí, pero siempre que quede asociado a otra información, tal y como establece Sentencia de la Audiencia Nacional.
- La vivienda: Sí. Aunque en este caso estaba claro, porque tal y como recoge la consulta, los datos de la vivienda vienen asociados a los datos de los titulares de la misma.
- Número de una finca registral: Sí. Tal y como recogen en Iuriscivilis la Agencia ha publicado un informe jurídico donde establece que el número de finca registral es un dato identificable.