El código y las condiciones de uso las «leyes» del s.XXI
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Ya saben ustedes que en ciertas ocasiones me salgo de lo habitual, y me dejo llevar por pensamientos, mucho o poco elaborados, según se mire, dependiendo del tiempo que haya podido tener para profundizar en ellos y reflexionar en voz alta con todos vosotros. En este caso me han venido a la cabeza 2 máximas que realmente son significativas en el mundo digital en el que estamos viviendo.
Una de ellas, que es un principio del derecho, que dice que el desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento, que en la actualidad podemos aplicarla en que el «desconocimiento de las condiciones de uso no nos exime de su cumplimiento«. ¿cuántos aceptamos condiciones sin haber leido ni un párrafo de las mismas? ¿cuantos nos llevamos las manos a la cabeza cuando la web/plataforma nos ha «baneado» por no cumplir con sus condiciones? ¿qué disgustos nos ha generado que nuestros contenidos hayan sido compartidos sin ser conscientes nosotros que dichos usos estaban permitidos? Además, de una forma mucho más inmediata que el propio incumplimiento de las normas, el código hace que automatizadamente nuestra conducta sea reprobada, o directamente prohibida de realizar o seamos echados de la plataforma sin ningún tipo de contemplación ni miramiento. Por ello, no tenemos ninguna excusa en no saber cómo funciona la plataforma y cuáles son las reglas de juego. Como crítica quizá hacia las propias plataformas (y también a nuestro sector) será que tenemos que hacer más comprensibles si cabe dichas condiciones acercándonos a un lenguaje más humano, directo y breve. Asimismo gracias a enormes trabajos como el desarrollado por Jorge Morell y su equipo en «terminos y condiciones» ya tenemos más fácil el conocer las normas que nos aplican las grandes multinacionales en la era digital.
Otro de esos pensamientos es sobre el número de usuarios a los que dichas leyes del siglo XXI afectan ¿qué normativa puede decir que abarca a 1000 milllones de usuarios como unas condiciones de facebook? Sí, quizá convenios internacionales y cartas de las naciones unidas o los derechos del hombre y del ciudadano, pero ¿realmente son aplicables al 100% y directamente? ¿Cómo se generan? Seguramente no con la misma facilidad que es para el departamento jurídico de la gran multinacional desarrollar sus condiciones que se aplicarán allá donde se presten los servicios y con la seguridad que hace saber que un código aplicará esas condiciones. Necesitamos más que nunca normativas globales que permitan acercarse a estas «leyes internacionales» y proteger a los ciudadanos de una realidad que va más allá de las jurisdicciones a las que pertenecen.
Parafraseando a Romanones, ustedes hagan las leyes que las grandes de internet harán las condiciones de uso y los hackers escribirán el código.