EL GOBIERNO PRESENTA LA CARTA DE DERECHOS DIGITALES

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publicado el 19 julio 2021

Categorías: General

La carta se publica tras un año de trabajo conjunto entre la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Exteriores y Transformación
Digital, representantes de la Vicepresidencia Primera, del Ministerio de Justicia y la Agencia
Española de Protección de Datos. Además, se recibieron 250 aportaciones en las dos
consultas públicas realizadas. La carta no tiene un objetivo normativo, sino más bien
descriptivo.

En ella no se establecen nuevos derechos o deberes sino que se ordenan los ya existentes,
recogiendo derechos relacionados con el entorno digital. El Presidente indicó también que la
Carta servirá de guía para futuros proyectos legislativos y para desplegar políticas públicas
más justas que protejan a todos los ciudadanos. Con la Carta, se pretende reforzar y ampliar
los derechos de la ciudadanía, informando a la sociedad sobre la realidad digital en la que
vivimos para aumentar su confianza en las nuevas tecnologías.

El documento cuenta con seis bloques principales de derechos: derechos de libertad; derechos
de igualdad; derechos de participación y de conformación del espacio público; derechos del
entorno laboral y empresarial; derechos digitales en entornos específicos y derechos de
garantías y eficacias.

En estos bloques se incluyen derechos ya contemplados en la Constitución y varias leyes y
reglamentos. Entre otros, la Carta hace mención al derecho de las personas a no ser
localizadas ni perfiladas, al acceso a internet o a la ciberseguridad, derechos ya recogidos en
la Ley de Protección de Datos y otros códigos.

Sin embargo, también hace referencia a derechos más novedosos como el derecho a la
identidad digital (sobre el que indica que la identidad propia en el entorno digital no puede
ser alterada, controlada o manipulada por terceros contra la voluntad de la persona), al
pseusonimato (estableciendo que los usuarios tienen derecho a utilizar un pseudónimo si no
quieren dar su nombre y apellidos), o los derechos ante la inteligencia artificia (la garantía de
que ningún ciudadano sea discriminado por las decisiones basadas en algoritmos).

Otros derechos que destacan en la Carta son el derecho a la neutralidad de internet (sobre el
que se establece que los proveedores tienen que proponer una oferta transparente de servicios
sin discriminación por razones técnicas o económicas), el derecho a la participación
ciudadana por medios digitales (al añadir que se promoverá el acceso a la información
pública, la trasparencia o la rendición de cuentas por medios cibernéticos) y el derecho a la
herencia digital (que otorga a los herederos legítimos los bienes y derechos del entorno digital
del que fuera titualar la persona fallecida).

La carta ha recibido críticas por ciertos sectores por la ausencia de contenido práctico.
Indican que el problema no es la definición de los derechos, sino la protección efectiva de los
mismos. Además, varios expertos recuerdan que España ya ha firmado declaraciones de
intenciones de un corte similar a la Carta. Entre ellos, la Declaración de Lisboa sobre
Derechos Digitales. Además, la Comisión Europea ha preparado una Declaración de
Principios Digitales que se encuentra actualmente en fase de consulta pública.