El «nuevo» sistema chino de control tecnológico y los derechos civiles
Categorías: Intimidad / Protección de Datos
El verano en las noticias es una cosa sorprendente. Salen a la luz cosas que habitualmente no salen. Si bien es un fenomeno mucho mas notable en España ( y antaño en Madrid, aunque ya no tanto) , en todos sitios cuecen habas y ante la perspectiva del calor ( no necesariamente de huir) todo el mundo se fuga de su lugar de trabajo. Eso hace que salgan a la luz cosas interesantes, graciosas, y que disminuya el porcentaje de basura, cotilleos y sucesos habitual.
Lo curioso es que en varios medios(ZdNet, El Mundo, El Pais, e incluso ABC, todos copiados del original del NYTimes) he podido leer sobre el nuevo sistema chino de vigilancia de la provincia de Shenzhen. La informacion esta escrita con el clasico tono apocaliptico con el que se suele escribir cualquier cosa referente a China, aunque esta vez es singularmente incompleta ( no hay referencias, hipervinculos ni nada donde ampliar informacion) y solo podemos extrapolar que tipo de tecnologia emplean:
- Mas de 20.000 camaras CC instaladas en la calle. No me parecen tantas… Estoy convencido de que Madrid tiene muchisimas mas, ni que decir de Londres. Muy inutiles, por cierto, para combatir el terrorismo. Que le pregunten a la Familia de Meneses.
- Smart Cards para aproximadamente 10 millones de ciudadanos chinos no residentes (inmigrantes internos, la version china del exodo rural) en los cuales se contendrian datos etnicos, religiosos, politicos y reproductivos. Un golpe a la Proteccion de Datos…salvo que una ley especifica lo apruebe, como es el caso.
- Policias con GPS ( y algun sistema de transmision de posicion, que el GPS solo la calcula) para coordinacion de los mandos y que estos puedan enviar a los agentes y saber donde estan…Igualito que las ambulancias , taxis y policias de Madrid.
Obviamente las Asociaciones de defensa de los derechos Civiles saltaron y comentan el abuso que se va a hacer en los ya maltrechos derechos civiles chinos. Especialmente, atenta contra el articulo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos, que dice:
1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
Localmente iria desde contra nuestro articulo 18. 4 de la Constitucion de 1978 ( aunque es tan amplio…) ,el Convenio 108 del CE y las directivas y legislaciones de Proteccion de Datos de Caracter Personal.
Lo cierto es que, TODAS estas normas adolecen de un fallo ( a mi juicio) que es la excepcion a la aplicacion de la legislacion de Proteccion de Datos si existe una ley especifica ( en el caso de España, por la via de la ausencia de consentimiento del Articulo 6.4 de la LOPD) . Es una puerta abierta a Posibles Abusos .