La mercantilización de la jurisprudencia.

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publicado el 26 noviembre 2010

Categorías: Jurisprudencia / Opinión

Sentencias ¿a cuanto está el «kilo» de sentencias?

Y con  ello no me estoy refiriendo a lo que ya nos cuesta de por sí a los ciudadanos todo el sistema judicial arcaico que tenemos, sino al resultado de ese sistema, es decir a las sentencias dictadas por los jueces y tribunales de cualquier juridiscción. Este melón que se tenía que abrir culmina con la publicación el pasado lunes  en el BOE del Acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 3/2010, sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales.

De la lectura entrelíneas del reglamento se puede sentir la lucha existente entre 2 polos, incluso dentro del propio CENDOJ: siendo uno de ellos un polo más aperturista quizá pensando más en la labor de difusión de las sentencias u otros modelos de negocio; y en frente otro polo encabezado por algunas editoriales jurídicas intentando mantener el status quo adquirido durante años y establecer lo que es, a mi juicio, una barrera de acceso a nuevos competidores a través del precio de las sentencias,  ¿es que no es interesante para ellos que no se pagase por las sentencias? ¿no les permitiría gastar ese dinero en otros servicios de valor añadido que seguro los mayores usuarios de sus BBDD (los abogados) estaríamos gustosos de contratar?. Una cosa resultaba evidente, había que solucionar o dar respaldo legal a lo que se venía haciendo desde hace tiempo, el pago de las sentencias por parte de las editoriales. Y el ganador es (o mejor dicho) los ganadores son: las editoriales jurídicas. El reglamento publicado demuestra claramente como el sector menos aperturista y  probablemente con más miedo a Internet ha ganado esta batalla, puesto que no me explico la inclusión dentro del concepto de reutilización de acciones tales como «enlazar», reenviar por una red, etc. acciones normales en la vida online que van a generar dudas y problemas de interpretación.

Mucho ya se ha comentado, hablado o criticado con razón sobre el mismo. Incluso desde la Asociación Derecho En Red se hicieron propuestas al borrador de reglamento y ahora se valora positivamente puesto que algunas de las aportaciones realizadas tuvieron su reflejo en dicho reglamento. Eso sí me quedo con la reflexión final del comentario realizado desde la Asociación:

Apostamos por una liberalización total de los contenidos de las resoluciones judiciales sin limitación a través del CENDOJ y que la competencia entre las editoriales jurídicas se desarrolle sobre los servicios añadidos y no únicamente sobre la capacidad económica de acceso a los materiales.