Las cookies siguen atragantándose – Informar y consentir de forma correcta
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Ya casi ni nos fijamos en esos molestos banners (y más en los dispositivos móviles que no permiten casi ni la navegación, ni aceptar, cancelar ni nada de nada, pero esa es otra guerra de usabilidad), capas o avisos que llean internet avisándonos de la utilización de cookies en las webs. Nos hemos acostumbrado a las mismas, no caemos en la cuenta de la letra pequeña, pero si la leemos y además nos fijamos el momento de cargar las cookies veremos que el cumplimiento de la normativa es muy bajo en sí. Nos hemos acostumbrado a poner avisos pero sin comprobar realmente su funcionamiento.
Por ello viene bien recordar cómo se debe hacer y no tener una multa de 3000€ como la última resolución publicada por la Agencia Española de Protecicón de Datos por infracción del artículo 22.2 LSSI, es decir, por las cookies.
Como se detalla en la resolución las webs denunciadas:
- Tenían un aviso de cookies en la primera capa que reza de la siguiente forma: Este sitio web utiliza cookies para que tenga la mejor experiencia de usuario ….
- Se recoge una segunda capa de información sobre las cookies
- Con independencia de todo ello se descargan cookies similares a las verificadas en la anterior prueba realizada, con independencia de realizar acción positiva alguna que suponga continuar navegando.
Estableciendo la agencia que dicha forma de proceder no permite un consentimiento informado a los usuarios/as: