Publicación de fotografías de enfermos y la libertad de información.
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Está claro que vivimos en un mundo visual, una imágen vale más que mil palabras y consigues más impacto con un buen video que con un post escrito, por muy bien redactado que pueda estar. durante los últimos meses he estado dando unas jornadas sobre los aspectos jurídicos de las fotografías y las preguntas recurrentes que surgían eran sobre todo por el uso en los medios de comunicación de fotos y la aparición de personas (sean notorias o no). Estos días se ha generado un gran revuelo por la publicación de las fotografías de una enferma de ébola captada con teleobjetivos sin el consentimiento de ésta y a través de las ventanas para captar su imágen. Los medios de comunicación, algunos, han defendido la publicación de éstas fotografías por constituir por sí misma una noticia; bajo la premisa: el público quiere conocer.
Muy acertadamente los compañeros de eprivacidad, en este caso la letrada, compañera y amiga Verónica Alarcón, traía a colación una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que fallaba a favor de una menor enferma por la intromisión en su derechos a la intimidad por la publicación de sus fotografías en un medio de comunicación. Y Verónica sentenciaba que:
En otras palabras, si la afectada demandase al medio por haberse divulgado su imagen sin su consentimiento, tendrá fácil que sea condenado a pagarle una indemnización, por haber infringido sus derechos más fundamentales: el derecho a la propia imagen y su derecho a la intimidad.
Ahora hemos conocido la Sentencia del Tribunal Supremo al caso en cuestión y viene a refrendar lo establecido en la Audiencia y que sirve para fundamentar de forma clara las intromisiones que se generan con este tipo de acciones. Sobre todo, y a mi juicio es importante, 2 aspectos fundamentales esgrimidos para en esa ponderación entre los derechos fundamentales a la libertad de información y la intimidad de las personas debens er ponderados:
En primer lugar una máxima que los periodistas en particular (y cualquier persona, bloguero, etc. en general) tienen que tener muy claro:
Por último, en relación al interés público, recordar que para ilustrar un reportaje, no es necesario vulnerar los derechos de una paciente, inerme ante su dramática situación, totalmente indefensa, y saltándose todos los controles que han querido establecer sus padres para que no se exhiba su precaria situación.