Recogida de datos a través de una web
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Quizá sea un obviedad para todos aquellos expertos en comercio electrónico o en protección de datos de carácter personal, pero no viene mal recordar de vez en cuando, cómo se debe informar y recabar el consentimiento para el tratamiento de datos de carácter personal en una web. Para ello y según un informe de la Agencia Española de Protección de Datos:
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Las obligaciones de información se deben/suelen cumplir mediante formularios y cláusulas a los que se accede a través de enlaces como pueden ser “aviso legal” o “política de protección”.
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En cuanto al consentimiento informado, este habrá de recabarse de tal forma que resulte imposible la introducción de dato alguno sin que previamente el afectado haya conocido la advertencia que contenga las menciones a las que nos hemos referido, pudiendo servir como prueba del consentimiento la creditación de que el programa impide introducir los datos sin antes haber aceptado el aviso legal al que hemos hecho referencia. Todo ello tiene por objeto asegurar que el consentimiento de los afectados sea efectivamente específico e inequívoco tal y como exige la Ley.